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CORTE SUPREMA DE USTICIA EXPEDIENTE: "PABLINO GIMÉNEZ C/ ELSA FRANCISCA GÓMEZ S/ USUCAPIÓN". 10102.9302 *_VISTOS: Giménez, yi A.I. Nº 656 Asunción, 1 de aGosto del 2.024._ El pedido formulado a f. 57 por Pablino Giménez CONSIDERANDO: Eli recurrente solicitó a esta Máxima Instancia Decaimiento del Derecho de la adversa por no haber contestado el traslado del escrito de expresión de agravios dentro del plazo que tenía para hacerlo.- De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial de £. 58, se advierte que Elsa Francisca Gómez fue notificada de la Providencia de traslado de fecha 20 de Mayo del 2.024 (f. 55), conforme Cédula de Notificación del 22 de Mayo del 2.024, obrante a f. 56. En el expediente judicial no existe constancia de que la citada se haya presentado a contestar el traslado corrídole, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil.- Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar Elsa Francisca Gómez para contestar el traslado corridole Y llamar autos para sentencia. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO e1 Derecho que ha dejado de usar Elsa 'rancisca Gómez para contestar el traslado corridole. AUTOS para Sentencia. - ANOTAR /legistraz y notificar frico Garazo ubert 1. Martinez Simon Ministro Eugenpo Jiménez R Ministro SECRETARIA DE JuS Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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