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CORTE SUPREMA DE USTICIA EXPEDIENTE: "MEMORIAL S.A. ADMINISTRACIÓN Y MANDATOS C/ YATYTA S.A. EMPRESA DE CONSTRUCCIONES Y OTROS S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO" 20 21 02 A.I. Nº 655 STICA CHIL Asunción, 7 de agosto del 2.024..- Estos autos; y, -08- CONSIDERANDO: Foconstancias del Juicio y del informe de la Poyectetaria Maician, obrante a 1. 16, se adrieste que Sa1ri0 Quiñonez Torres fue notificado en fecha 3 de junio del 2024, y la firma Yatyta S.A. Empresa de Construcciones fue notificada en fecha 4 de junio del 2024, de la Providencia fechada el 19 de Marzo del 2.024, conforme a las Cédulas de notificaciones que obran a fs. 14 y 15. En el expediente no existe constancia que los citados se hayan presentado a contestar el traslado corrídoles, habiendo vencido el plazo procesal que tenían para hacerlo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar la firma Yatyta S.A. Empresa de Construcciones y Silvio Quiñonez Torres, para contestar el traslado corrídoles Y llamar autos para resolver. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: POR DECAÍDO el Derecho que han dejado de usar firma Yatyta S.A. Empresa de Construcciones y Silvio Quiñonez To para contestar el traslado corrídoles AUTOS para resolver ANOTAR, gistrar y notificar. socor ODER 1 100 Alberto Martinez Simon Tu sitio Garg Ministro NiCO TY12 MISTICIR
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