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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ANA MARIA ARRELLAGA SAMANIEGO EN LOS AUTOS CARATULADOS. "SANCION DISCIPLINARIA EN RELACION A LOS ARTICULOS 112 Y SIGUINTES ABOG. ANA MARIA ARRELLAGA , DANIEL CASTILLO Y NORMAN QUEIROZ, EN LA CAUSA CARATULADOS: NICOLAS FERNANDO CACERES Y OTROS S/ HOMICIDIO DOLOSO IDENTIFICACION N° 2016/500.- ". N° 598 AÑO A.I. N°: 9oy 0101 03.03/03 03 Asunción, 26 de Julio de 2024.- VISTO: Estos autos, Y; 2024 -07- 29 • López Franco CONSIDERANDO: Roque Que, el presupuesto básico para producir la caducidad de instancia es la inactividad procesal; o sea la paralización del proceso durante el tiempo previsto en la ley, el cual en el procedimiento civil es de seis meses. En principio, esta circunstancia se exterioriza en la no ejecución de acto alguno por ambas partes; aunque también puede darse cuando los actos que se cumplan durante periodo sean carentes de idoneidad para impulsar el proceso.- Que, pasando a la verificación y estudio de las constancias de autos, surge que la última diligencia tendiente a dar impulso procesal en esta instancia ha sido el traslado de la acción dispuesta por providencia de fecha 17 de octubre de 2022, que obra a f. 29 de autos. Posterior a ello, no se observa que el interesado haya instado el procedimiento a través de actos idóneos y adecuados para hacerlo avanzar, siendo el impulso de éste una carga que compete exclusivamente a las partes quienes -a través de dichos actos- deben conducir la instancia hacia su estadio conclusivo, por lo que de esta forma, hallándose cumplido el plazo establecido en el Art. 172 del Cód. Proc. Civ., corresponde declarar operada la caducidad de instancia en estos autos.-.-. En relación a las costas, corresponde imponerlas a la parte accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 200 del C.P.C. ..- POR TANTO, en mérito a las consideraciones que anteceden y al informe del Señor Secretario obrante en estos autos, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR operada la caducidad de la instancia en estos autos de contormidad a los fundamentos expuestos en la presente resolucion.- IMPONER las costas a la parte actora.- . NOTIFICAR por Cedula. ANOTAR y registras Ante Cesar M. Diesel Junghanns - Ministro CSJ. C. Pavón Martinez geeretarle Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro • JUDICIAL I
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