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22 CORTE SUPREMA DEJUSTICIA • ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ADOLFO ESTEBAN SANTACRUZ VARGAS EN LOS AUTOS •CARATULADOS: "COMPULSAS DEL EXPEDIENTE FENIX S.A. C/ADOLFO ESTEBAN SANTACRUZ S/ JUSTIFICACION DE CAUSAL DE DESPIDO". N° 1795. AÑO 2019 A.I. N°: 884. (01 00 02 шиш/ 105 Asunción, 26 de julio de 2024.- • VISTO: M firme elevado por el Sonor Scretario de La Sala, y'i- CONSIDERANDO: Que, por el mismo se informa que la última actuación recaída en autos ha sido el A.I. N° 136 de fecha 26 de mayo de 2020, que obra a f. 27 de autos. TimQue, el Art. 172 del Cód. Proc. Civ., dispone: "Se operará la caducidad de instancia en toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses..." concordancia con lo establecido en el Art: 175 del mismo cuerpo legal, que reza: "La caducidad será declarada de oficio o a petición de parte por el juez o tribunal. Es obligación del secretario en cuya oficina radiquen los autos, dar cuenta al juez o tribunal respectivo que ha transcurrido el plazo señalado en el artículo 172." Que, pasando a la verificación y estudio de las constancias de autos, surge que la última diligencia tendiente a dar impulso procesal en esta instancia ha sido el A.I. N° 2213 de fecha 14 de noviembre de 2019, que obra a f. 23 de autos, a través del cual esta Sala, ha dispuesto dar trámite a la acción planteada. Posterior a ello, no se observa que el interesado haya instado el procedimiento a través de actos idóneos y adecuados para hacerlo avanzar, siendo el impulso de éste una carga que compete exclusivamente a las partes quienes -a través de dichos actos- deben conducir la instancia hacia su estadio conclusivo, por lo que de esta forma, hallándose cumplido el plazo establecido en el Art. 172 del Cód. Proc. Civ., corresponde declarar operada la caducidad de instancia en estos autos.- En relación a las costas, corresponde imponerlas a la parte accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 200 del C.P.C.- POR TANTO, en mérito a las consideraciones que anteceden y al informe del Señor Secretario obrante en estos autos, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR operada la caducidad de la instancia en estos autos de conformidad a los fundamentos expuestos en la presente resolución.- IMPONER las costas a la parte actora.- NOTIFICAR por Cédula. ANOTAR y registrar, Ante mí: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dars Minis Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro . Pavón Martínez seeretario O SECRETARA g JUDICIAL
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