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DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN AROMOVIDA POR RECONS INCONSTITUCIONALIDAD DARIO AYALA OLMEDO C/ LEY 1626/00 "DE LA FUNCIO FABLICA BA REY N MOVER CON PROFES FUNCIONARIO PUBLICO" Y LA LEY DEL 22 DE JUNIO 19 20 02 103) AI. Nº 775 Asunción, 2 de julio de 20Z 4 VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por el Señor Rubén Dario Ayala € pot derecho propio y bajo patrocinio de abogado, de los artículos 16 inc. N 17°, 61° y 143 de la < Ley 1626/00, el artículo 1° de la Ley N° 700/96 y la Ley N° 251 del 22 de junio de 1909 de Organización Administrativa" 7575 4 CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacados de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podria ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación.- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO SANTANDER DANS: En el presente caso en cuanto a la medida de suspensión de efectos de las disposiciones impugnadas, considero que el cumplimiento por parte del accionante no podría ocasionarle un perjuicio irreparable, por lo que conforme a lo establecido en el Art. 553 del CPC, no corresponde hacer lugar a la medida solicitada. Es mi voto. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión de efectos formulado por el Señor Rubén Dario PODER Riquelme por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, de los artículos 16° inc. 1) 17º, 61° y JUD 143° de la Ley 1626/00, el articulo 1° de la Ley N° 700/96 y la Ley N° 251 del 22 de junio de 909 de Organización Administrativa. ANOTAR y notificar. Gustavo E. Santander Dans CORTE SECRETARAnte mi JUDICIAL I U.. Cesar M. Dieset Junghanis Victor Rios Ojeda Ministro Ministro CSJ. Secretario
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