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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "MERCEDES TORRES BENÍTEZ C/ MANUEL PEREIRA MARTÍNEZ Y OTRO S/ NULIDAD DE ACTO JURÍDICO".' A.I. N°'.. 594 202'1 Asunción, 12 de julio del 2.024.- Y VISTOS: Los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos BINI el Abogado Gerardo Núñez, en representación de Manuel Pereira Martínez, contra el A.I. Nº 457, con fecha 21 de Julio del 2.023, di Saltado por el Iribunal de Apelación en lo civil y Comercial, Cuarta Sala, de Capital; el informe de la Actuaria obrante a f. 6; y, CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (f. 6) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, es la Providencia de fecha 14 de Noviembre del 2.023, que obra a f. 5 de autos.- El Artículo 172 del Código Procesal Civil, en 10 pertinente, establece: "Se operará la caducidad de la instancia cil toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses" En el caso se advierte que desde. el dictado de la Providencia de fecha 14 de Noviembre del 2.023 hasta la fecha, ha transcurrido un plazo superior a seis meses para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la Parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso. Por lo tanto, corresponde declarar -de oficio- operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad con 10 dispuesto en los Artículos 172 y 175 del Código Procesal Civil e imponer las Costas al apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ODER SECRETARIA SALA CIVIL Y COMERCIAL UDICIA RESUELVE: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD de la l nstancia recursiva en este Juicio por haber transcurrido el término prescripto en el Itículo 172 del Código Procesal Civil. IMPONER Costas al @pelante.- REMITIR este Juicio Tribunal de hubiere 1 Agar enl Derecho. - ANOTAR registrar y notificar rigen para 10 que Голої) Cesar Ante mi Ma TRES Ministro Eugenio Jiménez Re Ministro Abg, Maria/s ages Dos Sarios nacisteria
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