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18 19 120 LUDICIA SECNETARIA SUPREMA JUST DET CORTE SUPREMA DE USTICIA L03 JUICIO: "COMPULSAS DE NELSON ALCIDES GARAY DUARTE C/ AMADA SUSANA ROJAS Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL". 1. I. Nº.. 592 Asunción, 12 de julio del 2.024.- Y VIStoS: Los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Abogado Alejandro J. Sander, en representación de Nelson Alcides Garay Duarte, contra el A.I. N° 510, con fecha 30 de Noviembre del 2.024, dictado por el Iribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Circunscripción Judicial Itapúa; el informe de la Actuaria obrante a f. 304; y, CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (f. 304) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, es la Providencia de fecha 14 de Noviembre del 2.023, que obra a f. 303 de autos. El Artículo 172 del Código Procesal Civil, en lo pertinente, establece: "Se operará la caducidad de la instancia en toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses" En el caso se advierte que desde el dictado de la Providencia de fecha 14 de Noviembre del 2.023 hasta la fecha, ha transcurrido un plazo superior a seis meses para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la Parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso. Por l0 tanto, corresponde declarar -de oficio- operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 172 y 175 del Código Procesal Civil e imponer las Costas al apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELV E: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD de la instancia recursiva en este icio por haber transcurrido el término prescripto en el Artículo 2 del Código Procesal Civil IMPONER Costas al Apelante REMITIR este Juicio al Tribunal origen lugar en De para lo que hubiere toteat ANOTAR regist: погргідах. Cesar Sile Alberto Martin ez Sim Ante mi : Vinist Eugenio Jiménez R Ministro Abg María
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