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DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. ABOG. HUGO MANUEL MARECOS GONZÁLEZ EN: EMPRENDIMIENTOS SOCIALES Y COMERCIALES EL SAMARITANO C/ IND. NACIONAL DE CEMENTO (INC) S/ INDEM. DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESP. CONTRACTUAL". . Л PODER SEGRETARIA A.I. Nº582 Asunción, de JuLIO del 2.024.- VISTOS: El pedido formulado a f. 62 por el Abogado Hugo 'Manuel Marecos González, por sus propios derechos, el informe de "la Actuaria a f. 63; y,- CONSIDERANDO: El citado Profesional del Foro solicitó a esta •Máxima Instancia el Decaimiento del Derecho de la firma Emprendimientos Sociales Y Comerciales El Samaritano S.A., por no haber contestado el traslado del escrito de expresión de agravios dentro del plazo que tenía para hacerlo.- las constancias de autos y del informe de la Actuaria obrante f. 63, se advierter que la firma Emprendimientos Sociales y Comerciales El Samaritano S.A., fue notificada de la Providencia de traslado de fecha 14 de Febrero del 2.024, conforme Cédula de Notificación del 18 de Marzo del 2.023, obrante a fs. 38. En el expediente judicial no existe constancia de que la citada firma se haya presentado a contestar el traslado corrídole, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar la firma Emprendimientos Sociales Y Comerciales Samaritano S.A., para contestar el traslado corrídole. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho que ha dejado de usar la firma Emprendimientos Sociales Comerciales El Samaritano S.A., para contestar el traslado corrídole por providencia fecha 14 de Febrero del 2.024 UDICA ANOTAR, rar y notificar.- Fora Alberto Martinez Simon Cesar Anterio Garang Ministro gerio Himénez R Ministro MRua Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria ALNAT3AS92 CUE 11409
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