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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: SUCESIÓN" "HERBERT FRIEDRICH S/ A.I. N.. 575 Asunción, 9 de Jurio del 2.024.- escrito de fs. 159/167, presentado por el Abogado Antonio, Romero Gómez, las demás constancias de autos; y CONSIDERANDO: 9/7a For el mencionado escrito, la citada Parte presentó recusación expresión de causa" contra el señor Ministro de la Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, Dr. César Antonio Garay.- Si bien el Código Ritual preveía la recusación "sin expresión de causa" una sola vez en cada Juicio, contra los señores Ministros de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, la Ley Nº 609/95 que "Organiza la Corte Suprema de Justicia", derogó la posibilidad de la recusación "sin causa". En efecto, en su Artículo 3° dispone: "Son deberes y atribuciones de la Corte Suprema de Justicia, en pleno: ...g) Conocer y decidir en la recusación con causa, excusación e impugnación de excusación de sus ministros, cuando éstos actúen en pleno. Toda excusación deberá ser fundada. ningún caso se admitirá la recusación sin expresión de causa...". Como se advierte la posibilidad de la recusación sin expresión de causa a los Ministros de la Corte Suprema Justicia desapareció de nuestro ordenamiento jurídico hace casi tres décadas. No obstante el largo tiempo transcurrido, el recurrente no se ha enterado de la prohibición, lo cual resulta llamativo.- POr consiguiente, corresponde declarar inadmisible 1a recusación "sin expresión de causa" deducida por el Abogado Jorge Antonio Romero Gómez, por ser notoriamente improcedente e improponible.- Por tanto, fundada en las motivaciones precedentes, la Excelentísima; PODER LUDICIA DECZARAR degacida por tro de ticia, improcedente ANOTAR, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: INADMISIBLE la recusación "sin expresión de causa" el Abogado Jorge Antonio Romero Gómez, contra el señor a Civil de la Excelentísima Corte Suprema de DI.) Cesa Antonio Garay, por notoriamente improponible.- regist car otificar. Aberto Martinez Simon Ministro Ante mí: Luis Maria Benítez Riera Minisro Eugerio Jiménez Re Ministre Secretaria 703 LECKEI
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