Contenido completo: 105602.pdf
22 CORTE SUPREMA DE USTICIA 07 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR WILSON ADILDIO CARDOZO EN LOS AUTOS CARATULADOS: "ALBINO SIGNORELLI C/ WILSON ADILIO CARDOZO Y ADEMAR FELDMANN DE ARAUJO S/ ACCION PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO" N° 1977- AÑO 2022. A.I. N°.. 694 Asunción, 2 de julio de 2024- VISTO: El escrito presentado por el señor Wilson Adilio Cardoso, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en fecha 2 de octubre de 2023, y; CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito, el recurrente, manifiesta que desiste de la instancia de la presente acción de inconstitucionalidad promovida en fecha 16 de agosto de 2022, no teniendo más nada que reclamar en relación al presente juicio. Que, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia.-. Que, el Art. 167 del C.P.C. expresa: "El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la primera instancia pone las cosas en el estado que tenían antes de la demanda y no impide renovar el proceso en otra oportunidad. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la sentencia impugnada. No puede desistirse de la primera instancia después de notificada la demanda, sin la conformidad de la parte contraria expresada por escrito" Que, el Art. 168 del Código Procesal Civil expresa: "Para desistir de la acción o de la instancia se requiere poder especial, o la conformidad del mandante expresada en el escrito respectivo. Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma transcripta ut supra, el desistimiento formulado por el recurrente deviene procedente. POR TANTO, la 19000 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: RECONOCER la personería del recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. 7 HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el señor Wilson Adilio Cardoso, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en los autos mencionados ut supra, de conformidad al exordio de esta resolución. - SEUDETARIA SE JUDICIAL I coo0 NOTIFICAR por cedula. ANOTAR y registrar. Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Abg. Julio C. Pavón Martínez Secretarie
← Volver a los resultados