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DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 20 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR OSCAR DIOSNEL RIOS GONZALEZ C/ ART. 1° DE LA LEY N° 3989 QUE MODE EL INC. FI DEL ART. 16 Y EL ART. 143 DE LA LEY N° 1626/2000 "DE LA FUNCION PUBLICA", ARTICULO 17 DE LA LEY N° 1626/2000 Y CONTRA ART. 1º DE LA LEY N° 6834/2021 QUE MODIFICA EL ART. 251 DE LA LEY DE ORGANIZACION ADMINISTRATIVA, DEL 22 DE JUNIO DE 1909". N° 311 AÑO 2022.- 0U 01 A.I. Nº. 64? ... Asunción, 02 de Julio de 2024.- suspensión de efectos formulado por el señor OSCAR - DIOSNEL RIOS GONZALEZ, por derecho propio y bajo patrocinio del Abogado HECTOR PARODI MOLINA, del artículo 1° de la ley N° 3.989 que modifica el inciso f) del artículo 16 y, el artículo 143 de la Ley N° 1.626/2000 "De la Función Pública", articulo 17 de la Ley N° 1.626/2000 "De la Función Pública y contra el Art. 1º de la Ley N° 6834/2021 que /modifica el artículo 251 de la Ley de Organización Administrativa, del 22 de junio de 19027, gEL- CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos atacados de inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone: "La interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación". Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado.- OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO SANTANDER DANS: Considero que en el presente expediente no se encuentran reunidos los requisitos previstos en el Art. 553 del CPC para la procedencia de la medida cautelar. Es mi voto.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: PODER SUDICIAL HACER LUGAR a la suspensión de efectos del artículo 1° de la ley N° 3.989 que sodifica el inciso f) del artículo 16 y el artículo 143 de la Ley N° 1.626/2000 "De 1 unción Pública", articulo 17 de la Ley N° 1.626/2000 "De la Función Pública y contra ami selva, del fe de fun de moi en relacion a la parte accionente, el seno, O SECRETARIA U OSCAR DIOSNEL RIOS GONZALEZ, hasta tanto sea resuelta la presente acción JUDICIAL I RTE inconstitucionalidad planteada. oor ANOTAR y notificar. Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Minisiro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Ríos Ojeda Minietro Abg. Julio C. Pavón Martínez Secretario
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