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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD® PROMOVIDA POR JUAN CARLOS VERA HOBEKER C/ ARTS. 251 DE LA LEY ADMINISTRATIVO FINANCIERA DE 1909, EL ART. 143 Y EL ART. 16 INC. F, AMBOS DE LA LEY 1626/00 DE LA FUNCION PUBLICA, MODIFICADOS EN SUS TEXTOS POR LAS LEYES N° 6834/2021, N° 3989/2010Y LA MISMA LEY N° 3989/2010" N° 2825 - ANO 2023. 95) A.I. N°: 682 Asunción, 2 de julio de 2024.- O VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por Juan Carlos Vera Hobeker, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, del Art. 251 de la Ley de Organización Administrativa de fecha 22 de junio de 1909, modificado por la Ley N° 6834/2021; de los Arts. 16 inc. f), 17 y 143 de la Ley N° 1626/2000 "DE LA FUNCION PÚBLICA"', ambos modificados por la Ley N° 3989/2010, y; CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos impugnados de inconstitucional en base a lo dispuesto en el Art. 553 del Código Procesal Civil. - Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "La interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación". - Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. Opinión del Ministro Gustavo Santander Dans: Considero que en el presente expediente no se encuentra reunido los requisitos previstos en el Art. 553 del C.P.C. para la procedencia de la medida cautelar. ES MI VOTO. POR TANTO, la zg CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión de efectos del Art. 251 de la Ley de Organización Administrativa de fecha 22 de junio de 1909, modificado por la Ley N° 6834/2021; de los Arts. 16 inc. f), 17 y 143 de la Ley N° 1626/2000 "DE LA FUNCION PÚBLICA", ambos modificados por la Ley N° 3989/2010; en relación a la parte accionante, el señor Juan Carlos Vera Hobeker, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad planteada. - ANOTAR y notificar. Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Julio C. Pavón Matínez Segretária
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