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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 18 02 403 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: "PROMOVIDA POR ENDIPLAY INTERNACIONAI S.A. EN LOS AUTOS CARATULADOS: "ITALINO BONAMIGO Y OTROS S/ ACCION AUTONOMA DE NULIDAD DE TITULO Y CANCELACION DE INSCRIPCION EN LA DIRECCION GENERAL DE REGISTRO PUBLICO". N° 447 AÑO: 2021. A.I. Nº 624. EST//DU5Y Asunción, 02 de Julio de 2024- -01 VISTA: La recusación con expresión de causa presentada por la Abg. Celia Capurro de Sacco, en nombre y representación de la firma ENDIPLAY INTERNACIONAL S.A., bajo patrocinio del Abg. Manuel Enrique Radice, obrante a fs. 42/60 de autos, y; CONSIDERANDO: Que, la citada profesional deduce recusación con expresión de causa, de conformidad al Art. 20 inc. c) del C. P. C., contra el entonces Ministro de la Corte, Dr. Antonio Fretes, en razón de q ue su abogado patrocinante es abogado de Cortesía S.A., que es parte actora en el juicio caratulado "Cortesía S.A. c/ Amilcar Alfredo Fretes Escobar s/ Preparación de Acción Ejecutiva", tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno, Secretaría N° 16, argumentando que en el marco del mencionado juicio el demandado es el hijo del entonces Ministro recusado. Que, analizando la recusación con expresión de causa planteada contra el entonces Ministro de la Corte, Doctor Antonio Fretes, es preciso advertir que el mencionado jurista, como es de público conocimiento, cesó en sus funciones de Ministro de la Corte Suprema de Justicia en razón de haber alcanzado la edad límite para el ejercicio del cargo establecida en el Art. 261 de la Constitución Nacional, conforme a la Resolución N° 9985, de fecha 15 de marzo del 2023, dictada por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia. En tal sentido, esta cuestión fáctica, configura actualmente innecesario el estudio de la recusación con expresión de causa formulada por la abogada Celia Capurro de Sacco contra el Dr. Antonio Fretes. POR TANTO, la PODER CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la recusación con expresión de causa formulada por la Abogada Celia Capurro de Sacco, en nombre y representación de la firma ENDIPLA INTERNACIONAL S.A., bajo patrocinio del Abogado Manuel Enrique Radice, contra el Di Gesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Victor Rios Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martínez Sceretaria -1-
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