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12 66 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "LEILA GRACIELA QUEVEDO DE MELGAREJO S/ REGULACIÓN DE HONORARIOS".- 513 ESTA 2 SICA CIVIL A.I. Nº. 2024 07. Asunción, 28 de Junio del 2.024.= 06- LON FINISTOS, El Recurso de Apelación interpuesto por Carlos Ángel patiz talarera, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, contra Interlocutorio Nº 145, con fecha 28 de Marzo del 2.022, dictado soriet Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Segunda Sala, Circunscripción Judicial Alto Paraná; el informe de la Secretaria obrante a f. 101; y, CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (f. 101) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, es la Providencia "Autos" con fecha 25 de Octubre del 2.023, que obra a f. 100 de autos. E1 Artículo 172 del Código Procesal Civil, en lo pertinente, establece: "Se operará la caducidad de la instancia en toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses".- En el caso se advierte que desde el dictado de la Providencia de fecha 25 de Octubre del 2.023 hasta la fecha, ha transcurrido un plazo superior a seis meses para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la Parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso.- Por lo tanto, corresponde declarar -de oficio- operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 172 Y 175 del Código Procesal Civil e imponer las Costas apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma.- Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD de la instancia recursiva en este Juicio por haber transcurrido el término prescripto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil. IMPONER Costas al apelante REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en Derecho. толої ANOTAR reg, tar y notificar.- a Martinez Simon Ministro Cas Antono, Gue Eugenio Jiménez R. /Ministro neud Abg. María Rita Monues Dos Sante Secretaria CORTE SECRETARIA JUSTRIA
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