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20 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "OSCAR LEZCANO AYALA C/ DICTAMEN NRO. 219 DEL 23/05/202022 Y OTRA DICT. POR LA DIRECCION GENERAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL MINISTERIO DE HACIENDA", Expte. C.S.J. Nº961, Folio 76vuelto, Año 2023.- 60 81103 03 04/05 A.1. Nº.191- ESTADISTICA CIVIL Asunción, 08 de mayo -05- 202 VISTO: EI escrito de desistimiento presentado por la representante de la parte demandada, vien Abosada nes Juliana Torres Pereira, V: - CONSIDERANDO: Que, en el escrito obrante a foja 51 de estos autos, la representante de la parte demandada, manifestó que: "... actualmente la administración considera procedente otorgar los pedidos de devolución de aportes en los casos como el de autos, es por ello, que venimos a solicitar el desistimiento de la instancia...". Cabe señalar, que la representante de la parte demandada present ó Poder a fs. 53/57 de autos, de esa forma dio cumplimiento a lo dispuesto en el art. 168 del C.P.C. Que, el Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "...Que el desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la resolución impugnada..." - Que, en relación a las costas, el Art. 197 del Código Procesal Civil dispone: "...Cuando el desistimiento fuere de la acción, las costas del proceso correrán a cargo del actor. Cuando lo fue re de la instancia, el que desistiere correrá con las ocasionadas en la misma...". En consecuencia, corresponde tener por desistido del Recurso Interpuesto por la representante de la parte demandada, contra el Acuerdo y Sentencia N° 213 de fecha 20 de setiembre de 2023, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, en los términos del escrito presentado e imponer costas a la parte apelante. POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: TENER por desistido del Recurso de Apelación, interpuesto por la representante de la parte demandada, Abogada Inés Juliana Torres Pereira, contra el Acuerdo y Sentencia N° 213 de fecha 20 de setiembre de 2023, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, en los términos del escrito presentado.- COSTAS a la parte apelante ANOTESE y notifiquese Ante mí: Luis New Penitez Riera Ministro PODER Chau Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra Tor. Manuel Dejesús Ramírez Candi MINISTRO отимом Secretaria SECRETARIA JUDICIAL IV CONTENCIOSO ADVINISTRATIVO
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