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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "DELICIO ACUÑA FERNANDEZ C/ RES. NRO. 6507 DEL 30/12/2021 Y OTRA DICT. POR LA DIRECCIÓN DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS DEL MINISTERIO DE HACIENDA", Expte. C.S.J. Nº958, Folio 76, Año 2023. A.I. Nº.... 264. 1024 Asunción, 13 de junio de 2024. SOVISTO: El escrito de desistimiento presentado por la representante de la parte demandada, Abogada Nathalia María Fretes, Vi. CONSIDERANDO: Que, en el escrito obrante a foja 90 de estos autos, la representante de la parte demandada, manifestó que: "esta representación ha realizado un análisis exhaustivo de la Resolución apelada, llegando a la conclusión que la misma se ajusta a derecho, y que por un error involuntario se apeló en fecha 20 de setiembre de 2023, por consiguiente vengo por el presente escrito a desistir del recurso de apelación y nulidad contra la A.S. N° 189 de fecha 1 de setiembre de 2023. ". Cabe señalar, que la representante de la parte demandada presentó Resolución SSEAF N° 70 a fs. 88/89 de autos, de esa forma dio cumplimiento a lo dispuesto en el art. 168 del C.P.C. Que, el Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "...Que el desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la resolución impugnada...". Que, en relación a las costas, el Art. 197 del Código Procesal Civil dispone: "... Cuando el desistimiento fuere de la acción, las costas del proceso correrán a cargo del actor. Cuando lo fuere de la instancia, el que desistiere correrá con las ocasionadas en la misma...". En consecuencia, corresponde tener por desistido del Recurso Interpuesto por la representante de la parte demandada, contra el Acuerdo y Sentencia N° 189 de fecha 01 de setiembre de 2023, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, en los términos del escrito presentado e imponer costas a la parte apelante. POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: TENER por desistido del Recurso de Apelación, interpuesto por la representante de la parte demandada, Abogada Nathalia María Fretes, contra el Acuerdo y Sentencia N° 189 de fecha 01 de setiembre de 2023, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, en los términos del escrito velasentado..... COSTAS a la oppe apelante... ANÓTESEy notifíquese. Las Maré Pennez Micra Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra Ante mí: Dr. Manuel Dejesús Ramírez Cand, MINISTRO POE пожа опиир ну SECRETARIA CONTENCIOSO Socrotaria
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