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(61 | 81 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: "PROMOVIDA POR CESAR ARCE C/ ART. 1° DE LA LEY N° 4252/2010 QUE MODF. LOS ARTS. 3°, 9° Y 10° DE LA LEY N° 2345/2003". NUMERO® 2435 AÑO2023. A.I.N°: 510 2024 08 Asunción, mayo de 20 24.- VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por el Señor Cesar Arce, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogada, contra el art. 1° de la Ley N° 4252/2010 que modifica los arts. 3, 9 y 10 de la Ley N° 2345/2003 De, la Reforma y sostenibilidad de la Caja Fiscal, Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Publico" CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos atacados de inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.- Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación. Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. . A su turno el Ministro Víctor Ríos, dijo: Considero que en presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante.- estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO SANTANDER DANS: En relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero innecesario expedirme en cuanto a la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI VOTO. POR TANTO, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la medida de suspensión de efectos contra el art. 1° de la Ley N° 4252/2010 que modifica los arts. 3, 9 y 10 de la Ley N° 2345/2003 De la Reforma y sostenibilidad de la Caja Fiscal, Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Publico, formulado el Sr. CESAR ARCE, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogada ANOTAR y registra Ante mi: Gustavo E. Sahtander DiCésar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ JUDICIAL Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro SECRETARIA JUDIGIAL ! Ang. Julio Pavón Martínez Sobretario
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