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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR EDITA CASTILLO DE CANDIA C/ ART. 9° DE LA LEY N° 2345/2003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA.- NUMERO 2018 ANO 2021.- 01 1 02 00. RECIBIDO ADISTICA CIVIL 2024 A.I. Nº: 537. Asunción, 22 de mayo de 2024.- -05 Si VISTO El pedido de suspensión de efectos formulado por la señora EDITA CASTILLO DE CANDIA, por derecho propio y bajo patrocinio de la Abogada en contra de la Ley N° 2345/2003 DE LA REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA TCAJA FISCAL, SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR §PUBLICO Y EL DECRETO N° 1579/04 REGLAMENTARIO DE LA CITADA LEY", y - CONSIDERANDO: A su turno el Ministro Cesar Diesel, dijo Que, la mencionada recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.- Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación". Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. A su turno el Ministro Víctor Ríos, dijo: Considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante. Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI VOTO. OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO SANTANDER DANS: En relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero innecesario expedirme en cuanto a la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la medida de suspensión de efectos contra la Ley N° 2345/2003 DE LA REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL, SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO Y EL DECRETO N° 1579/04 REGLAMENTARIO DE LA CITADA LEY"; formulada por la señora EDITA CASTILLO DE CANDIA, por derecho propio y bajo patrocinio Abogada. ANOTAR y notificar. Ante mí: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro O SECRETARIA JUDICIAL I 00n Abg. Julio C. Pavân Martínez Secretario
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