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PARACT CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "INFORME DE RECUSACIÓN CON CAUSA PLANTEADA CONTRA LA JUEZ DEL NOVENO TURNO EN "PEDRO JAVIER VAZQUEZ S/ SUCESIÓN". - P27 18191 2% 407 A.I. Nº........... Asunción, 20 de mayo del 2.024.- 212" VISTO: el Recurso de Aclaratoria interpuesto por Sinddy Raquel Vázguez González, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, contra el A.I. Nº 258, con fecha 4 de Abril del ma elictado por esta Sala de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, y;- CONSIDERANDO: Por el citado Auto Interlocutorio recurrido se resolvió: "DECLARAR INADMISIBLE la recusación "sin expresión de causa" deducida por Sinddy Raquel Vázquez González, contra el señor Ministro de la Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, DI. Eugenio Jiménez Rolón, por ser notoriamente improcedente e improponibles. DECLARAR CARENTE de objeto de estudio la recusación "sin expresión de causa" deducida por Sinddy Raquel Vázquez González, contra la entonces Actuaria de la Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, Abg. Pierina Ozuna Wood. ANOTAR...". El Artículo 387 del Código Procesal Civil norma: "Las partes podrán, sin embargo, pedir aclaratoria de la resolución al mismo juez o tribunal que la hubiere dictado, con el objeto de que: a) corrija cualquier error material; b) aclare alguna expresión oscura, sin alterar lo sustancial de la decisión; y c) supla cualquier omisión en que hubiere incurrido sobre alguna de las pretensiones deducidas y discutidas litigio...". recurrente, mediante el presente resorte procesal, impugna la Resolución emanada por esta máxima Alzada solicitando su aplaración Andicando, en su parte pertinente que: "... se hace notat que no corresponde el expediente con 10 manifestado en el considerapdo.."; además, requirió la aclaración /correcta de 1a dentificación de la caratula. De resuelto dictado expresado por A.I. por ésta por la recurrente y del análisis de lo 258, con fecha 4 de Abril del 2.024 Sala de la Excelentísima Corte Suprema de Luis Maria Benitez Piera Ministro Justicia, se evidencia que dicho decisorio -rechazo de las recusaciones sin causa planteadas por la recurrente- sustentó correctamente en base a los argumentos vertidos en los escritos de fs. 61 Y 62 denotando su concordancia y coherencia con el pronunciamiento del referido interlocutorio. Incluso, la descripción de la carátula señalada por la recurrente coincide plenamente con la expresada en el A.I. Nº 258, con fecha 4 de Abril del 2.024. Consecuentemente, no existiendo errores materiales, omisiones ni expresiones obscuras que aclarar, no cabe más que rechazar el Recurso de Aclaratoria interpuesto. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: RECHAZAR el Recurso de Aclaratoria interpuesto Raquel Vázquez González, contra el A.I. Nº 258, con feph Abril del 2.024, distado por esta Sala de la Corte Suprema de Justicia, de fonformidad co el considerando de la prese esolución. ANOTAR, registrar y not car, Sinddy A de ntisima esto en Alberto Martinez Simón Ante mi Ministro Eugenio Jiménez. Ministro unias Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria s Maria Benítez Piera Ministro © UDICIAL SECRETARIA copat MUSTICIS
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