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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "MARCIANO ORTIGOZA CURUPAYTY S.R.L. Y OTROS INDEMNIZACIÓN DE • DAÑOS C/ S/ Y PERJUICIOS POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL" A. I. Nº .. 401 Asunción, 20 de mayo del 2.024.- RECIBIDO 22-05-2024 Estos autos; y CONSIDERANDO: N° 64 del 14 de Febrero del 2.023 el Tribunal de KEn 10 Civil y Comercial, Cuarta Sala de la Capital, conceder los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Marciano Ortigoza, contra el Acuerdo y Sentencia Nº 103 de fecha 17 de Noviembre del 2.022, emanado por el mismo Tribunal. De las constancias' del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial là misma señaló en lo pertinente que: "...por providencia de" fecha 6 de noviembre de 2023 (f. 294) se dictó la providencia "Autos". Posteriormente, Marciano Ortigoza retiró estos autos el 2 de abril del 2024, y los devolvió el 24 de abril de 2024 a las 09:20 horas, según constancia del cuaderno de Secretaría, expresando sus agravios mediante escrito de la misma fecha y hora..." Así pues, advirtiendo el retiro de este Juicio por el apelante en fecha 2 de Abril del 2.024, se tiene que el plazo para expresar sus agravios venció en fecha 16 de Abril del 2.024, a las 09:00 hs. Sin embargo, la presentación de Marciano Ortigoza data del 24 de Abril del 2.024 a las 09:20 horas, esto es, fuera de plazo previsto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil. Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Marciano Ortigoza e imponer las costas al apelante, conforme lo dispone el Artículo 203, inciso e) del Código Procesal Civil. POR TANTO, la Excelentisima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Marciano Ortigoza, contra el Acuerdo y Sentencia Nº 103 de fecha 17 de Noviembre del 2.022, dictado por el Tribunal de Apelación en 10 Civil Y Comercial, Cuarta Sala de la Capital IMPONER Costas al apelante. REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para 10 que hubiere lugar en Derecho.- ANOTAR, registrar y notificar. Ante Alberto Martinez Simón Ministro Jesen Eugenio Jiménez Re Ministro Abg. María Rita Monges Dos Santos Secrettria PODER a SECRETARIA JUSTICIA
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