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DEI CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. DEL ABG. AGUSTÍN SAGUIER EN: MINERÍAS ORIENPAR S.A. C/ CROCS. INC. Y OTROS S/ NULIDAD DE REGISTRO DE MARCAS".- A. I. N... 29 Asunción, 20 de mayo del 2.024.- 01 00 1 Estos autos, yi eSTADISTICA CIVIL CONSIDERANDO: 2084 -constancias de autos y del informe del Secretario 102761 01 2 quila 117) surge que, la parte actora, la firma Minerías 40ot, 3a522 fue notificada de la Providencia del 21 de ovientre del 2.023, la cual dispuso: "Atento al escrito que Shtzeede, téngase por renunciado al mandato otorgado por Minerías Orienpar S.A., al Abogado Juan Manuel Vargas Roa. Intímese al mandante a que en el término de diez días, designe nuevo apoderado que lo represente en juicio, bajo apecibimiento a lo dispuesto en el Artículo 64 inc. "b" del Código Procesal Civil. Notifiquese por cédula.", conforme Cédula de notificación diligenciada en fecha 15 de Diciembre del 2.023 (f. 115). A la fecha, la firma Minerías Orienpar S.A., no ha dado cumplimiento a la intimación dispuesta por proveido de fecha 21 de Noviembre del 2.023. El Art. 64 inciso f), del Código Procesal Civil prescribe: "Cesación de la representación. La representación de los apoderados cesa:b) por renuncia, en cuyo caso el apoderado deberá, bajo pena de daños y perjuicios, continuar con las gestiones hasta que hubiere vencido el plazo que el juez fijare al poderdante para remplazarlo o comparecer por sí. La fijación del plazo se hará bajo apercibimiento de continuarse el juicio en rebeldía. La resolución que así lo disponga deberá notificarse por cédula en el domicilio real del mandante". Verificadas las actuaciones se advierte que a pesar de haberse notificado a la firma Minerías Orienpar S.A., ésta no ha designado representante convencional, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento dictado por Providencia de fecha 21 de Noviembre del 2.023 y disponer que la citada firma continúe el presente Juicio en rebeldía.- POR TANTO, fundado en las consideraciones precedentes, la Excelentísima; ...//l... ./ll... CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en Juicio por Providencia fecha 21 de Noviembre del 2.023 y, consecuencia, DISPONER que la firma "Minerías orienpar en S. A." continúe el presente Juicio en rebeldía.- ANOTAR, registrar notificar.- An miy ODER 10 DICIA Eugenio Fiménez Re Ministro Acrto Martinez Simon Ministro SECRETARIA Abg. Marfa Kitt Menges Dos Santos Secrotaria
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