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JUICIO: "ELISA DEL ROCIO FERNANDEZ SCHOLL C/ MANUELA ESTELLA PEÑA MC. COY | Y TOKYO MOTORS S.A. S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS". CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A.I. No 4347. RECIBIDO Asunción, 20 de Diciembre del 2.012.- 20. A1c. 2012. 'VISTOS: El pedido formulado a fs. 408 por el Abogado. Da ARbo Corbeta yi - CONSIDERANDO: El citado Profesional del Foro solicitó a esta máxima Instancia Judicial de la República el decaimiento del Derecho que ha dejado de usar la parte adversa para contestar el traslado estando vencido el plazo que tenía para hacerlo. De las constancias del Juicio y del informe del Secretario Judicial de fs. 409, se advierten que los Aogs. Sergio Ruíz Rolón y Jaime R. Peña Espínola, fueron notificados de la Providencia de fecha 25 de Mayo del 2.010, conforme cédulas de Notificaciónes del 30 y 31 de Agosto del 2.012 obrantes a fs. 401 y 402. En el expediente no existe constancia que los mismos se hayan presentado a contestar el traslado corrídoles, habiendo vencido el plazo procesal que tenían para. hacerlo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 437 de Código Procesal Civil. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que han dejado de usar los Abgs. Sergio Ruíz Rolón y Jaime R. Peña Espínola, para contestar el traslado corrídoles. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho que han dejado de usar, los Abgs. Sergio Ruiz Rolón y Jaime R. Peña Espínola para presentar SUS escritos de contestación del traslado ! corrídoles. ANOTAR registrar y notificar. 14. GLADYS E. BAREIRO de MÓDICA Ministra bien morig MAGUEL OSCAR SING ARRERTINI M Cesan Antonio Gasang COR LENIORIO CURTS CACERES Secretario
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