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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN INCONSTITUCIONALIDAD: "PROMOVIDA POR SHOWCASE S.A. EN LOS AUTOS CARATULADOS: "SHOWCASE S.A. C/ GANADERA E INMOBILIARIA DON CLAUDIO S.A. S/ RETENCION DE INMUEBLE POR COBRO DE MEJORAS". AÑO 2022, Nº 3045.- 02 A.I. N°.429 ESTADISTICA CIM Resano Asunción, 8 de mayo de 2024- escrito de desistimiento presentado en fecha 4 de JULIO del 2.023, por el 10hbogadi bogadi Tars Bicdermann, Bicodermann, en representación de la firma SHOWCASE S.A, que obra at. lo de TTT CONSIDERANDO: QUE, el recurrente manifiesta: "Que, ...mediante el presente escrito vengo especificamente a desistir de la Acción de Inconstitucionalidad en contra del Acuerdo y Sentencia N° 90, de fecha 08 de noviembre de 2.022, dictado por el Tribunal de Apelaciones Civil, Comercial y Laboral de Cordillera... QUE, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia.- QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará u examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo (...)" QUE, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento formulado por el recurrente deviene procedente.- POR TANTO, la SUDIC CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: TENER por reconocida la personería al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar señalado.- ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas y autorizar el desglose y devolución de los documentos originales presentados, previa agregación de sus fotocopias JUDICIAL I 000 HACER LUGAR al desistimiento de la acción de inconstitucionalidad solicitado por el Abogado Harry S. Biedermann, en representación de la firma SHOWCASE S.A., de conformidad al exordio de esta resolución.- ANOTAR y notifice Gustavo E. Santander Dans Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Ante mí: Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Abg Secretario
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