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Лово/г? CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "ANTONIO EDILTRUDIS GARCÍA C/ ANDRESA BRÍTEZ GONZÁLEZ S/ REIVINDICACIÓN". 20 19 A. I. Nº 375 10 2024 Asunción, 7 de muyo del 2.024.- y VISTOS: El pedido formulado por Antonio Ediltrudis García el informe de la Secretaria a f. 122, y; CONSIDERANDO: citado recurrente solicitó a esta máxima Instancia se declare Desierto el Recurso de Apelación interpuesto por la adversa al no haber expresado agravios. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que Andresa Brítez González fue notificada de la Providencia "Autos" con fecha 5 de Diciembre del 2.023, conforme a Cédula de notificación con fecha 26 de Febrero del 2.024, obrante f. 120. En el expediente no existe constancia que la citada parte se haya presentado a fundamentar sus Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo. Corresponde, pues, declarar desiertos el Recurso Apelación interpuestos por Andresa Brítez González e imponer las costas a la Parte Apelante, conforme lo dispone el Artículo 203, inciso el del Código Procesal Civil. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL PODER RESUELVE: DECLARAR DESIERTO el Recurso de Apelación interpuesto por Andresa Britez González, contra el Auto Interlocutorio Nº 529, con fecha 22 de Junio de 2.023, dictado por el Tribunal de Apelación en 10 Civil, Comercial y Laboral, Primera Sala, Circunscripción Judicial Central. LUDICIA IMPONER Costas a la Parte Apelante. REMITIR este Micio Tribunal de origen para lo que hupiere plugar Derecho. ANOTAR, egistrar y totificar Feren SECREZARIA CORTE Erour Sri Garage Albert Martinez Simon Ministro Eugenio Jiménez Re Ministro Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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