Contenido completo: 104562.pdf
19 20 1211 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 03 JUICIO: "MOLINOS HARINEROS KAARENDY POTY S.A.C.I. C/ CELSO ISIDORO FIGUEREDO BOBADILLA Y OTROS S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA".- ESTADISTICA CIVIL P RECID A. I. Nº 351 8 - 05-2024 Asunción, 7 de mayo del 2.024.- Auto Interlocutorio Nº 16, de fecha 13 de Enero del Asistente ict/as por el Tribunal de Apelación en 10 Civil, Comercial aboral 534 h0 501,1 tramera Sala de la Circunscripción Judicial Central (fs. Las demás constancias y; CONSIDERANDO: Por el citado Auto Interlocutorio se resolvió conceder los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Marcial Britos Verdun, contra el Acuerdo y Sentencia Nº 161, del 12 de Noviembre del 2.020, dictado por el citado Tribunal. El Artículo 403 del Código Procesal Civil establece: "El Recurso de Apelación ante la Corte Suprema de Justicia se concederá contra la Sentencia Definitiva del Tribunal de Apelación que revoque o modifique la de Primera Instancia (..) Contra las sentencias recaídas en los procesos ejecutivos, posesorios y, en general, en aquellos que admiten un juicio posterior, no se da este recurso (...) Procederá también contra las resoluciones originarias del Tribunal de Apelación que causen gravamen irreparable o decidan incidente". De conformidad a este precepto legal el Recurso de Apelación interpuesto contra Acuerdo y Sentencia Nº 161, del 12 de Noviembre del 2.020, no resulta viable ante el más alto Tribunal, pues si bien la Resolución recurrida se trata de Sentencia Definitiva del Ad-quem que revocó la de Primera Instancia, no es menos cierto que la misma se dió dentro de un proceso ejecutivo, razón por la cual corresponde declarar mal concedidos los citados Recursos. POR TANTO, fundada en las motivaciones precedentes, la Excelentísima; PODER JUD , SECRETARIA O CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR mal concedidos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Marcial Britos Verdun, contra el Acuerdo Sentencia Nº 161, idel 12 de Noviembre del 2.020, dictado por el ibunal de Apelación en Civil, Comercial y Laboral, Primera * la Circunscripción Judicial Central DEVOLVER este Juicio Tribunal ANOTAR. registfar y notificar.- origen. 200011 Alberto Martinez Simon Ministro ugenio Limenez R Ministro sobrees Ante mí: Cesen Sit Garage Primera; vale. - Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria Ang. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
← Volver a los resultados