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01 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR GERONIMA FRANCO VDA. DE ARAUJO EN LOS AUTOS CARATULADOS: SERGIO SALVADOR REGUERA VERA C/ GERONIMA FRANCO VDA. DE ARAUJO Y OTROS S/ REIVINDICACION DE INMUEBLE Y USUCAPION. N° 1415/2023. 02 103 A.I. N° . 404 Asunción, 30 de abril de 2024- 202} VISTOS El escrito presentado en fecha 13 de julio de 2023, por el Abogado ALEJANDRO MANUEL GONZALEZ BARRIOS, en nombre y representación de la Señora GERÓNIMA FRANCO VIA. DE ARAUJO, Y, SI CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito el citado recurrente manifiesta que desiste de la acción de inconstitucionalidad instaurada en los autos citados más arriba, por convenir a sus derechos. Que, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia- Que, el artículo 166 del C.P.C. expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia al derecho respectivo. El juez se limitará a examinar si el desistimiento procede por la naturaleza del derecho en litigio y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo." Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de los establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento formulado por la recurrente deviene procedente.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el Abogado ALEJANDRO MANUEL GONZALEZ BARRIOS, en nombre y representación de la Señora GERONIMA FRANCO VDA. DE ARAUJO, en los autos mengionados ut supra, de conformidad al exordio de esta resoluciór ANOTAR, registrar y notificar. Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Ante mi: Abg. Julio Cl Pavón Martínez Secretario 8 SECRETARIA JUDICIAL I
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