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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REG.HON.PROF. DEL ABOG. GUSTAVO GONZALEZ Y JORGE ANDRES PUIG OJEDA EN LOS AUTOS ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD "COMPULSAS EN EL EXPEDIENTE CARATULADO: JUAN OSVALDO OJEDA CENTURION CI LUZ MARIA ARCE MARTINEZ Y OTROS SI RENDICION DE CUENTAS". AÑO: 2020 N°: 2316. 4i ESTADISTICA CIVIL 29-04-2024 A.I. N° 374 Asunción, 25 de Abril de 2.024- El escrito presentado por los Abgs. Gustavo González y Jorge Andrés Puig CONSIDERANDO: A la cuestión planteada, el Doctor CÉSAR DIÉSEL JUNGHANNS dijo: Los profesionales mencionados solicitan sean establecidos sus honorarios por las labores desplegadas y que concluyeron con el dictado del Acuerdo y Sentencia N° 295 de fecha 07 de octubre de 2020, por el cual no se hizo lugar a la acción de inconstitucionalidad interpuesta. Atento a los autos principales agregados por cuerda, se aprecia que los Abgs. Gustavo González y Jorge Andrés Puig Ojeda han actuado como procurador y como patrocinante, respectivamente de la parte gananciosa, por lo que corresponde aplicar el art. 25 de la Ley Arancelaria. La acción de inconstitucionalidad no es susceptible de apreciación económica, por lo que corresponde aplicar el art. 62 in fine de la ley 1.376/88. Por último, corresponde aplicar el art 25 de la Ley Arancelaria y lo establecido en la Acordada N° 337 del 24/11/04 dictado por esta Corte, adicionando el importe a un 10%del monto regulado. - Abg. Jorge Andrés Puig Ojeda Art. 62 2° parte Gs. 103.091 X 200 Acordada 337/04 (IVA 10%) Gs. Gs 20.618.200.- 2.061.820.- Total 22.680.020. - Abg. Gustavo González Art. 25 Procurador (50%) Acordada 337/04 (IVA 10%) G. G. 10.309.100.- 1.030.910.- Total 11.340.010.- A sus turnos, los Doctores VICTOR RÍOS OJEDA y GUSTAVO SANTANDER DANS, manifestaron que, se adhieren al voto del Ministro Preopinante Doctor CESAR DIESEL JUNGHANNS, por los mismos fundamentos. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: REGULAR los honorarios profesionales del Abg. Jorge Andrés Puig Ojeda, por las actuaciones cumplidas en esta instancia en el carácter de patrocinante de la parte gananciosa, dejándolos establecidos en la suma de Gs. 22.680.020 (Guaraníes Veintidós millones, seiscientos ochenta mil, veinte), IVA incluido. REGULAR los honorarios profesionales del Abg. Gustavo González por las actuaciones cumplidas en esta instancia en el carácter de procurador de la parte gananciosa, dejándolos establecidos en la suma de Gs. 11.340.010 (Guaraníes Once millones, Trescientos cuarenta mil, diez), IVA incluido. ANOTAR, registrar y notificar. Gustavo E. Santander Dans Cesar IV. Diesel Junghanns Ante mí: Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro PODER Secretario C SECRETARIA JUDICIALI 2
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