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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA, EN: RECUSACIÓN CON CAUSA PROMOVIDA POR LA ABG. LIZ PAOLA GONZÁLEZ MARTÍNEZ EN: CIA. PETROLERA GUARANÍ S.A. C/ MILBER NÉSTOR RUIZ BARRIOS Y OTROS S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO".- 785 A. I. Nº .. ESTADISTICA CIVIL -04-2024 Asunción, 25de abri del 2.024.- Recurso de queja por apelación denegada la Abogada Liz Paola González, contra el Auto Por es y es deshe 2 de Sies del De dies EsTe Delbunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Cuarta Sala, las demás constancias y; CONSIDERANDO: Por el mencionado Auto Interlocutorio, el Iribunal de Apelación denegó los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el A.I. Nº 703, con fecha 22 de Setiembre del 2.023, que resolvió: "1) RECHAZAR la recusación con expresión de causa deducida por la Abg. Liz Paola González Martínez, representante convencional de los Sres. Milber Néstor Ruiz Barrios y Juliana Estela Barrios Vda. de Ruiz, contra el Juez de Primera Instancia en 10 Civil y Comercial del Sexto Turno de la Capital, Abg. Ulises Agustín Peña Vargas. - 2) HÁGASE SABER al magistrado recusado, a fin de que prosiga entendiendo en la causa principal.- 3) LIBRAR OFICIO al magistrado subrogante, a los efectos de la devolución de lo actuado al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Sexto Turno de la Capital.- 4) REGISTRAR...".- El Artículo 403 del Código Procesal Civil establece: "El Recurso de Apelación ante la Corte Suprema de Justicia se concederá contra la Sentencia Definitiva del Tribunal de Apelación que revoque modifique la de Primera Instancia(...) Contra las sentencias recaídas en los procesos ejecutivos, posesorios y, en general, en aquellos que admiten un juicio posterior, no se da este recurso (.) Procederá también contra las resoluciones originarias del Tribunal de Apelación que causen gravamen irreparable o decidan incidente".- .../l... ...//... Del análisis de las constancias del Juicio se advierte que el A.I. Nº 703, con fecha 22 de Setiembre del 2.023, resolvió un Incidente de recusación planteado por la recurrente contra el Juez de Primera Instancia en 10 Civil y Comercial del Sexto Turno de la Capital, Abogado Ulises Agustín Peña Vargas, el cual fue rechazado. Ahora bien, el Artículo 33 del Código Procesal Civil, en concordancia con el Artículo 35 del mismo Cuerpo legal, establecen expresamente que la Resolución que recayere en el Incidente de recusación será irrecurrible.- Por tales motivaciones, con lo expuesto precedentemente, en Derecho corresponde no hacer lugar al Recurso de queja por apelación denegada interpuesta, por improcedente. Por tanto, fundada en las motivaciones precedentes, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: NO HACER LUGAR al Recurso de queja por apelación denegada interpuesto por Abogada Liz Paola González, contra el Auto Interlocutorio Nº 777 de fecha 23 de Octubre del 2.023, dictado por Sala, el Tribunal de Apelación en 10 Civil Y Comercial, Cuarta por 'los fundamentos explicitados. REMITIR estos autos al Tribunal de origen. ANOTAR, registrar y notificar. Alberto Martínez Simón Ministro UDIC Vocar 00 ber Antonio Garay NOMCIA, E Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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