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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN: SARA STELLA MARY CENTURIÓN DE RADICE C/ JUNG CHAMG KIM S/EJECUCIÓN HIPOTECARIA". ESTADISTICA CIVIL 04 2024 Produe Lopez 12552 A.I. Ne 278 Asunción, 25 de abril del 2.024.- El Recurso de Queja por retardo de Justicia interpuesto Sara Centurión de Radice, que obra a f..7, las demás Y ; CONSIDERANDO: Que, la Abogada Sara Centurión de Radice interpuso Recurso de queja por retardo de justicia en los términos del escrito obrante a f. 7. Manifestó: "Habiendo transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 162 del C.P.C. para el pronunciamiento de la Resolución, desde el llamado de "autos para sentencia" por lo que me he visto en la obligación de urgir en reiteradas ocasiones al tribunal el pronunciamiento de la Resolución de rigor, sin que hasta la fecha se haya expedido, dentro de los plazos establecidos en la ley". Ante la interposición del mencionado Recurso, se dictó la Providencia con fecha 5 de Marzo del 2.024, que ordenó se libre Oficio al Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Cuarta Sala, a fin que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "SARA STELLA MARY CENTURIÓN DE RADICE C/ JUNG CHAMG KIM S/EJECUCIÓN HIPOTECARIA". - El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que dictó el Auto Interlocutorio Nº 17, con fecha 15 de Febrero del 2.024, en el que resolvió lo incoado por la aquí quejosa. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL E SUELVE: CRETARIA DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia, interpuesto por la Abogada TrAb Apela đión en Civil para de turior de padice, coniza el Comercial, Cuarta ANOTA istrar.- Con Andarif Suriga Alb entoMartinez Simon Ministro Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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