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960 DEI CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA DE AURELIO RUBÉN PEÑA BARRETO C/ GILBERTO ORTEGA Y OTRA S/ REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE". A. I. Nº ... ADISTICA CIVIL Asunción, 27 de abr| del 2.024.- RIST El Recurso de Queja por retardo de Justicia interpuesto por Abagado Aurelio Rubén Peña Barreto, que obra a f. 4, las demás 2 Toc 6: B CONSIDERANDO: не, el Abogado Aurelio Rubén Peña Barreto interpuso Recurso de queja por retardo de justicia en los términos del escrito obrante a f. 4. Manifestó: "En rigor, el Tribunal de Primera Sala, en lo Civil y Comercial de San Lorenzo, Secretaria a cargo de la Abog. LIZ KAROL CACERES CANDIA dictó en fecha 25 de mayo del presente año, el proveído de AUTOS PARA RESOLVER, conforme a lo establecido en el art. 162 inc. c) del CPC, el plazo de 60 días hábiles a la fecha ha sobrepasado con creces, razón por el cual esta representación ha URGIDO convenientemente en tres (3) oportunidades, conforme se acompaña las copias de los urgimientos". Ante la interposición del mencionado Recurso, se dictó la Providencia con fecha 23 de Noviembre del 2.023, que ordenó se libre Oficio al Tribunal de Apelación en 10 Civil, Comercial y Laboral, Primera Sala, Circunscripción Judicial Central, a fin que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "AURELIO RUBÉN PEÑA BARRETO C/ GILBERTO ORTEGA Y OTRA S/ REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que dictó el Acuerdo y Sentencia Nº 206, con fecha 15 de Noviembre del 2.023, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por a1 Abogado Aurelio Rubén Peña Barreto, contra el en 10 civil, Comercial y Laboral, Primera sala, Circunscripción Judicial Central rar. *Cesar Sinio anage Alberto Mintire Martínez Simón ECRETARIA & мола Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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