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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN: ÁNGEL ROMERO MUÑOZ C/ MAPFRE PY. CIA. DE SEGUROS S.A. S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO". 02 '05 во і. A.I. Ne 266 1024 Asunción, 25 de abril del 2.024.- VIStOS8E1 Recurso de Queja por retardo de Justicia interpuesto Abesado Carlos Alberto Zilbervarg, que obra a f. 18, las demás consta as, y; 1I EL PODER CONSIDERANDO: Que, el Abogado Carlos Alberto Zilbervarg interpuso Recurso de queja por retardo de justicia en los términos del escrito obrante a f. 18. Manifestó: "Que de conformidad a los arts. 251 y concordantes del C.P. Laboral vengo a interponer recurso de queja por retardo de justicia, debido a que desde el mes de febrero de 2023 el Expediente se encuentra en poder del Si. Camarista Dr. Osvaldo González quien tiene poder para emitir el primer voto". Ante la interposición del mencionado Recurso, se dictó la Providencia con fecha 22 de Diciembre del 2.023, que ordenó se libre Oficio al Tribunal de Apelación en 10 Civil Y Comercial, Sexta Sala, a fin que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "ÁNGEL ROMERO MUÑOZ C/ MAPERE PY. CIA. DE SEGUROS S.A. S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó dictó el Acuerdo y Sentencia Nº 116, con fecha 26 de Diciembre del 2.023, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso.- En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SECRETARIA DECLARAR INOFICIOSO se de Justicia interpuest CO ra el Tribunas SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: el estudio del Recurso de queja por retard por el Abogado Carlos Alberto Zilbervarg, vil y Comercial, Sexta Sala.- Alberto Martínez Simón Ministro Fugia timénez X. Ministro Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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