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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ALFREDO ENRIQUE KRONAWETTER Y CARLOS CESAR TRAPANI C/ DECRETO DEL PODER EJECUTIVO N° 714 DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2023" AÑO: 2023 - N° 2690. 03 A.I. N°:.... 354 23 / 00 STICA CIVIL. Asunción, 14 de abril de 2.024 - 2024 Trapan ASTA: La acción de inconstitucionalidad presentada por Alfredo Enrique Kronawetter y Carlos C ésar por sus propios derechos y bajo patrocinio de los Abogados Luis Lezcano Claude y Jorge Rolón Luna, nen contra del Déereto N° 714 de fecha 20 de noviembre de 2023 "Por el cual se nombran representante s del Poder Ejecutivo ante el Consejo de la Magistratura", y; CONSIDERANDO: Que, la parte actora alega que el acto normativo impugnado infringe las disposiciones contenidas en los artículos 1, 3, 248 y 263 de la Constitución Nacional.. El artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legitimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resolu ciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constituci ón, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capitulo". . El artículo 12 de la Ley 609 /95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni just ifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocutoria". La Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límite de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los M inistros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particu lar". Analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente e l agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y preci sión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y cor rer vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P.C. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: TENER por presentados a los recurrentes en el carácter invocado y por constituido sus domicilios en el Jugar indicado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRÁMITE a la acción presentada por Alfredo Enrique Kronawetter y Carlos César Trapani por sus propios derechos y bajo patrocinio de los Abogados Luis Lezcano Claude y Jorge Rolón Luna, en co ntra del Decreto N° 71-4 de fecha 20 de noviembre de 2023 "Por el cual se nombran representantes del Poder Ej ecutivo ante el Consejo de la Magistratura' CORRER vista a la Fiscalía General del Estado.- FIJAR días de notificación en Secretaría, los martes y jueves de cada semana, de conformidad lo dispuesto en el Art. 13|1 del C.P/C ANOTAR y registrar Ante Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. 4 Gustavo E. Santander Dang ictor Rios Ojeda Ministro abg-Julio C. Pavón Marinez Secretario LO SECRETARIA & JUDICIAL 1
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