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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 00 22 G3 |u 106) 295 A.I. Nº: .................. 2024 Asunción, 09 de Abril de 2024. - -04 ¿ pedido de suspensión de efectos formulado por la Señora ELISA MARINA ENCINA ROMAN por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, del articulo N° 1 de la Ley N° 6834/21 "Que medifica el artículo 251 de la Ley 1629/1909 de Organización Administrativa del 22 de juniol en contra del artículo 1° de la Ley N° 3989/10 del 5 de mayo "Que modifica los artilles 16 inc. A) y 143 de la Ley N° 1626/00 "De la Función Pública"- CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacados de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría • ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación.- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO SANTANDER DANS: En el presente caso en cuanto a la medida de suspensión de efectos de las disposiciones impugnadas, considero que el cumplimiento por parte del accionante no podría ocasionarle un perjuicio irreparable, por lo que conforme a lo establecido en el Art. 553 del CPC, no corresponde hacer lugar a la medida solicitada. Es mi voto. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión de efectos formulado por la Señora ELISA MARINA • ENCINA ROMAN por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, de los artículo N° 1 de la Ley N° 6834/21 "Que modifica el artículo 251 de la Ley 1629/1909 de Organización Administrativa del 22 de junio", en contra del artículo 1° de la Ley T° 3989/10 del 5 de mayo "Que modifica los artículos 16 inc. 1) y 143 de la Ley N° 1626/00 De la Función rablica.., ANOTAR y notificar. - Ante mí: Cesar M. Diesel Sunghanns Sustavo E. Santander Dans Ministro Ministro Julio C. Pavón Martínez Secretario SECRE JUDICIAL -00 PEMB
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