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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 026161 10 ESTADISTICA CIII. - 5 -04- 2024 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR NAVID AKHTAR KHAVARI EN LOS AUTOS CARATULADOS: "NORMA BEATRIZ FLORES BRITOS C/ HUMBERTO RAUL GONZALEZ GUTIERREZ Y NAVID AKHTAP KHAVARI S/ ACCION AUTONOMA DE NULIDAD". N° 861 AÑO 2019.- A.I. N°..277 Asunción, 3 de abril de 2024- escrito presentado por el Abogado NAVID AKHTAR KHAVARI, por sus que obra a foja 18 de autos, y CONSIDERANDO: " Que, en el mencionado escrito, el citado recurrente manifiesta que desiste de la presente acción de inconstitucionalidad promovida, asimismo solicita el finiquito y archivamiento del mismo. Que, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia.- Que, el Art. 166 del C.P.C. expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo". Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento formulado por el recurrente deviene procedente. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento de la acción solicitado por el Abogado NAVID AKHTAR KHAVARI, por sus propios derechos, en los autos mencionados ut supra de conformidad al exordio de esta resolución.- ANOTAR, registrar y notificar: Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Secretario
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