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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ALEXIS RUBÉN QUEVEDO GONZÁLEZ EN LOS AUTOS CARATULADOS: "CAUSA N° 4-1-1-1-2020-2104- ALEXIS RUBEN QUEVEDO GONZALEZ, VICENTE QUIÑONEZ VALDEZ, ANTONIO JAVIER GARCIA GIMENEZ Y PASTOR BARRIOS S/ ABIGEATO A LA ESTANCIA SAN LUIS DE LA SIERRA - SAN CARLOS DEL APA". Nº 284, Año: 2022. - 01 02 03 A.I. N°. 263 ESTAPISTIGA 2024 T0 102 Asunción, 3 de abril de 2024. Lorez VISTO-El escrito presentado por el Señor Alexis Rubén Quevedo González, por derecho aaropio y bajo patrocinio de abogado, en fecha 07 de abril del 2022, y; CONSIDERANDO: Que, en el referido escrito el recurrente manifiesta que desiste de la acción de inconstitucionalidad instaurada en los autos citados más arriba. Que, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibido su renuncia. Que, el Art. 166 del C.P.C. expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo" Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento de la acción formulado por el recurrente deviene procedente. - POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE SECF. HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el Señor Alexis Rubén Quevedo González, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, de conformidad a los términos expuestos en el considerando de la presente resolución ANOTAR, registrar y notifical Ante mí: Cesar M. Diesel Ju Ministro CS Sustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Abg. Julid C. Pavón Martu Secretare
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