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00 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "HAYDEE FÁTIMA BENÍTEZ C/ DIEGO ALBERTO ESCOBAR Y LA EMPRESA SAN DIEGO S.A. S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS". POD ADISTICA CIVIL -04-2024 A.I. Nº L ... . . . . . . . • . • Asunción, y de abril del 2.024. Los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Acuña Galeano, contra el Acuerdo y Sentencia Nº 27, con Junio del 2.022, dictado por el Tribunal de Apelación en 10 Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia, Circunscripción Judicial Canindenyú; el informe del Actuario obrante a f. 368; y, CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe del Secretario Judicial (f. 368) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, es el Auto Interlocutorio N° 470, con fecha 28 de Junio del 2.023, que obra a f. 368 de autos. El Artículo 172 del Código Procesal Civil, en lo pertinente, establece: "Se operará la caducidad de la instancia en toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses".- En el caso se advierte que desde el dictado del Auto Interlocutorio N° 470, con fecha 28 de Junio del 2.023 hasta la fecha, ha transcurrido un plazo superior a seis meses para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la Parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso. Por 10 tanto, corresponde declarar -de oficio- operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 172 Y 175 del Código Procesal Civil e imponer las Costas a la Parte Apelante, conforme 10 dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL SECRETATA & DECLARAR OPERADA. LA 4120) Julio por haber transcurrido RESUELVE: CADUCIDAD de la instancia recursiva en este 1 término prescripto en el Artículo 172 SUPREAL de y •Código Procesal Civil. IMPONER Costas a la Parte Apelante.- REMITIR este Juiclo al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en Derecho. ANOTAR, Strar notificar. Sacr Aul fin Garage inte Alberto Martinez Simón Ministro Eugenio Timénez Re Ministro Ibg. Marta Pita Monge Dos Santo secretari
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