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Tоz 6 вг CORTE SUPREMA DE JUSTICIA REG. HON. PROF. DEL ABG. NESTOR CABRERA LOPEZ LOS AUTOS ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR TAJY INGENIERIA S.A. EN LOS AUTOS CARATULADOS. "GILBERTO VIVERO GALEANO C/ TAJY ING. S.A. S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.- NUMERO® 1967 ANO 2022. A.I. N°.?S1 Asunción, 1 de abril •? de 2.024- Civil. VISTO: El escrito presentado en fecha 13 de diciembre de 2022, por el Abg NESTOR CABRERA LOPEZ, por derecho propio que obra a f. 04 de autos; y; CONSIDERANDO: ¡Que, el mencionado escrito, el citado recurrente manifiesta que desiste de •s ocio de inconstitucionalidad instaurada en los autos citados más arriba, por e convenir a sus derechos. . Que, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. Que, el Art. 166 del C.P.C. expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo" Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento formulado por la recurrente deviene procedente. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el Abg. NESTOR CABRERA LOPEZ en los autos mencionados ut supra, de conformidad al exordio de esta resolución.- ANOTAR, registrar y notificar.- Diera Sunghann: Ante mí: Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro Victor Ríos Ojeda ministro & SECRETARIA JUDICIAL 1 IT. Abg. Julio C. Pavón Martínez Secretario
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