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703/23 DEL CORTE SUPREMA JUICIO: "INFORME DE LOS MAGISTRADOS ABGS. DE JUSTICIA CARLOS ROJAS, CLAUDIO VILLALBA Y MYRIAM ARGUELLO, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DE CAAZAPÁ EN LA RECUSACIÓN FORMULADA POR EL ABG. DERLIS ESCUDERO EN LA RECUSACIÓN CON EXPRESIÓN DE CAUSA DEDUCIDA POR EL ABG. DERLIS MARTIN ESCUDERO EN CONTRA DE LA JUEZA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA CIUDAD DE CAAZAPÁ, ABG. SELMA BOGADO DE GOIRIS EN "OSCAR RAMON DAVALOS DIETRICH C/ ASOCIACIÓN CIVIL CAMPO NEUFELD Y DERLIS MARTIN ESCUDERO GÓMEZ S/ ACCIÓN AUTÓNOMA DE NULIDAD". A.I. Nº 143 ESTADISTICA CIVIL. PRECEDO =2-04-2024 Asunción, 1 de abril del 2.024.- Las recusaciones "con expresiones de causas" Asistentas el Abogado Derlis Martín Escudero, en Causa propia, ontra los Conjueces Calos Alberto Rojas Cañete, - Laudie Antonio Villalba y Myriam Arguello, integrantes del Tribunal Apelación de la Niñez y Adolescencia, Circunscripción Judicial Caazapá, y; CONSIDERANDO: El Abogado Derlis Martín Escudero, en causa propia, recusó con expresión de causa a Carlos Alberto Rojas Cañete, Claudio Antonio Villalba y Myriam Arguello, integrantes del Tribunal de Apelación de la Niñez, Adolescencia y Penal Adolescente de ODER JU DICIA la Circunscripción Judicial Caazapá, en los términos del escrito obrante a fs. 36/38, alegando que el órgano colegiado ha sido integrado irregularmente.- SSCRETARIA E Los recusados - sujeción a lo previsto en el Art. 31 del •P.C.- elevaron informes de rigor. En síntesis, negaron 11 Pavón Mar¿istencia de irregularidad en la forma en que se ha плод. Secretarto integrado el Tribunal con los Jueces de Primera Instancia, dado que se procedió a dicho trámite siguierdo estrictamente los lineamientos legales que figen la materia. Asimismon indicaron que de tá -e atura del/ escgito del recusante se .. //.. Comer Atrice Garage Vigento Jiménez Re Ministro Al toMartinez Simon Ministro ... 1//... advierte que el mismo no fundó la incidencia en ninguna de las causales enumeradas por la ley para separar al Tribunal, lo que carece totalmente de fundamento y donde puede deducirse sin temor a equívocos que es al solo efecto dilatorio, por lo que peticionaron el rechazo de las recusaciones incoadas (fs. 39/41). Ahora bien, cabe advertir aquí que el Tribunal de Apelación de la Niñez, Adolescencia Y Penal Adolescente de la Circunscripción Judicial Caazapá, en cumplimiento 10 dispuesto en el tercer párrafo del Art. 25 del C.P.C., fue llamado a entender en estos autos, en razón de que el recusante, Abogado Derlis Martín Escudero, planteó primeramente recusación con expresión de causa contra los Conjueces del Tribunal de Apelación en 10 Civil, Comercial, Laboral y Penal de la Circunscripción Judicial Caazapá, órgano que fue designado originariamente para entender en grado de revisión en este juicio. Dicha recusación fue rechazada por esta Sala de la Excma. Corte Suprema de Justicia, por A.I. Nº 718, de fecha 27 de Septiembre de 2.023, debido a SU improcedencia, disponiéndose la devolución de los autos al Tribunal de origen, de conformidad al Art. 33 del C.P.C. La circunstancia apuntada, por sí sola, determina que la cuestión propuesta a estudio en esta ocasión carece de objeto, pues a la fecha, la recusación planteada contra los miembros naturales del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal de la Circunscripción Judicial Caazapá fue resuelta y rechazada por esta máxima instancia judicial, lo que determina que los Conjueces Carlos Alberto Rojas Cañete, Claudio Antonio Villalba y Myriam Arguello ya no entenderán en estos autos.- Por las motivaciones expuestas, corresponde declarar carente de objeto las recusaciones "con expresión de causa" planteadas por el Abogado Derlis Martín Escudero contra Carlos Alberto Rojas Cañete, Claudio Antonio Villalba y Myriam Arguello, integrantes del Tribunal de Apelación de la Niñez, Adolescencia y Penal Adolescente de la Circunscripción Judicial Caazapá.- .../ll...
CE DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "INFORME DE LOS MAGISTRADOS ABGS. CARLOS ROJAS, CLAUDIO VILLALBA Y MYRIAM ARGUELLO, MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DE CAAZAPÁ EN LA RECUSACIÓN FORMULADA POR EL ABG. DERLIS ESCUDERO EN LA RECUSACIÓN CON EXPRESIÓN DE CAUSA DEDUCIDA POR EL ABG. DERLIS MARTIN ESCUDERO EN CONTRA DE LA JUEZA EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LA CIUDAD DE CAAZAPÁ, ABG. SELMA BOGADO DE GOIRIS EN "OSCAR RAMON DAVALOS DIETRICH C/ ASOCIACIÓN CIVIL CAMPO NEUFELD Y DERLIS MARTIN ESCUDERO GÓMEZ S/ ACCIÓN AUTÓNOMA DE NULIDAD". - II- ETAPO VERANT - 2-04 Foque épez tinico Asistente la Excelentísima;- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR carentes de objetos las recusaciones "con expresiones de causas" planteadas por el Abogado Derlis Martín Escudero, en Causa propia, contra los Conjueces Calos Alberto Rojas Cañete, Claudio Antonio Villalba y Myriam Arguello, integrantes del Tribunal de Apelación de la Niñez Y Adolescencia, Circunscripción Judicial Caazapá, por los motivos expuestos en el exordio.- DEVOLVER estos autos al Tribuna de rigen para lo que hubiere lugar en Derecho. - ANOTAR registray otificar.- зокої Garang genio Jiménez R Ministro Ministro Ante mí: & SECRETIS Abog. Juno ¿. Pavón Marine, Secretaro SIADENT
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