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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ (E.B.Y. EN LOS AUTOS CARATULADOS: "PUBLIO RAMÓN MARECO DUISITT C/ ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA S/ RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD Y OTROS DERECHOS". AÑO 2021 N° 1186. A.I. Nº. 203. ..... ESTADISAICA CIVIL Asunción, 25 de marzo de 2024. 25-03-2024 TENTE EN QuE, ahorada Esther Dávalos en representación de la Entidad Binacional Yacyretá (E: B.Y.), Y; VISTO: El escrito de desistimiento presentado en fecha 02 de noviembre de 2021, por la CONSIDERANDO: 571T Opinión del Dr. César Diesel M. Dicsel Junghanns: QUE, la recurrente manifiesta: "(...) Que por el presente escrito, siguiendo precisas instrucciones recibidas de nuestra poderdante, venimos a desistir de la acción de inconstitucionalidad presentada en fecha 26 de mayo del corriente año (...)" QUE, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia.- QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo (...)". A su turno, el Ministro Víctor Ríos Ojeda, manifiesta que se adhiere al voto del Ministro César Diesel Junhganns, por los mismos fundamentos.- Opinión del Dr. Eugenio Jiménez R.:- En atención al escrito de fecha 02 de noviembre de 2021, previamente acredite la peticionante el poder suficiente para desistir de la acción de conformidad con lo dispuesto por el Art. 168 del Código Procesal Civil. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por abogada Esther Dávalos, en representación de la Entidad Binacional Yacyreta (E.B.Y.), en la acción de inconstitucionalidad, presentada en fecha 26 de mayo de 2021. Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro JUDICIAL !
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