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21 T6 81 1 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "DECISIONES S.A. C/ RES. N° 72700001190/21 DEL 18 DE MAYO 2021 DICT. POR LA SUB- SECRETARÍA DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN SET" - (03 91051091 A.I. N°..60 Asunción, 08 de marzO del 2024- 13 VISTO: El Recurso de Reposición interpuesto por el Abogado René en nombre y representación de Rafael René Ramírez y de la firma DECISIQNES S.A., contra el Auto Interlocutorio N° 545 de fecha 15 de setiembre de 2023, dictado por la Sala Penal de la Corte Suprema de "Justicia, S CONSIDERANDO: Que, por el referido Auto Interlocutorio la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, resolvió: "1. DESESTIMAR el Recurso de Nulidad; 2. NO HACER LUGAR al Recurso de Apelación interpuesto por el abogado René Aranda Cáceres en nombre y representación del Sr. Rafael René Ramírez y de la firma DECISIONES S.A., contra el A.I. N° 990 DE FECHA 31 de agosto de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, por los motivos expuestos en el considerando de la presente resolución; 3. IMPONER LAS COSTAS a la perdidosa en ambas instancias; y 4. ANOTAR... El abogado de la parte actora interpuso recurso de reposición contra la resolución de referencia, manifestando en apretada síntesis que su parte, efectivamente ha presentado actos o actuaciones que indubitablemente interrumpieron el plazo de la caducidad de la instancia, por lo que se debe hacer lugar a su pedido, revocando y/o anulando el Auto Interlocutorio El Artículo 17 de la Ley 609/95 que Organiza la Corte Suprema de Justicia, reza "Irrecurribilidad de las Resoluciones. Las resoluciones de las salas o del pleno de la Corte solamente son susceptibles del recurso de aclaratoria y, tratándose de providencia de mero trámite o resolución de regulación de honorarios originados en dicha instancia, del recurso de reposición. No se admite impugnación de ningún género, incluso las fundadas en la inconstitucionalidad", por consiguiente en atención a la presente Ley, no procede el Recurso de Reposición interpuesto por el Abogado René Aranda Cáceres, en nombre y representación de Rafael René Ramírez y de la firma DECISIONES S.A., contra el Auto Interlocutorio N' 45 de fecha 15 de setiembre de 2023, dictado por la Sala Penal de la Cort Suprema de Justicia, por ser irrecurrible. Por tanto la Excma., CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: 1. RECHAZAR el Recurso de Reposición interpuesto por el Abogado René Aranda Cáceres, en nombre y representación de Rafael René Ramírez y de la firma DECISIONES S.A., contra el Auto Interlocutorio a CoS de fecha 15 de setiembre de 2023 3, dictado por la Sala renal de de Justicia, de conformidad a los tundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución 2. ANOTAR. notificar y registrar.- Sobroborado 2024. vallo Ante mí: Abog. Karinna Renoni Secretaria Lis Mana Benítez Riera c. Manuel Dejesús Ratnte Candla PAL MINISTRO Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra Abog. Karinna Penoni Secretaria SECRETARIA JUDICIAL IV CONTENCIOSO
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