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11191292 CORTE SUPREMA DEJUSTICIA EXPEDIENTE: "DELMAR ADRIANO MONTINI C/ RES. NRO. 71800001317 DEL 03/05/2021 DICT. POR LA SET", Expte.C.S.J.N°710, Folio 56, Año 2023. A.I. N°.. 40 Asunción, 27 •de febrero de 2024 PER VISTOS; Estos autos y - ES ADISTICA 28 -02- 2024 CONSIDERANDO saneQue, el nforme de la Actuaria, expresó cuanto sigue: "... en el expediente caratulado: "DELMAR ADRIANO MONTINI C/ RES. NRO. 94150001317 DEL 03/05/2021 DICT. POR LA SET", Expte.C.S.J.N 710, Folio 56, Año 2023, el abogado José Tomas Insfran Ibarrola, en representación de la parte actora, fue debidamente notificado de la providencia de fecha 09 de octubre de 2023 ({s. 70), según la cedula de notificación de fecha 29 de noviembre de 2023 (fs.72). De las constancias que obran en autos, se aprecia que, desde dicha fecha (29 de noviembre de 2023), hasta el 07 de diciembre de 2023, hasta las nueve horas (09:00hs.), no existe constancia de fundamentación alguna por su parte...".- Que, las previsiones del Artículo N° 437 del Código Procesal Civil, segundo párrafo, establecen: "...Dentro de nueve días de notificada la providencia de autos, si se tratare de sentencia definitiva, y de cinco días, si fuese auto interlocutorio, la apelante deberá presentar un escrito sintetizado de los fundamentos del recurso. Si no lo hiciere, la resolución quedará firme para él y, declarado desierto del recurso, se ordenará la devolución de los autos..". Consecuentemente, transcurrió el plazo de cinco días sin que el señor Delmar Adriano Montini, parte actora, presentara su escrito de fundamentación, estando vencido el plazo que tenía para hacerlo. Que, estando vencido el plazo que tenía la parte apelante para fundar los Recursos interpuestos, corresponde Declarar Desiertos los mismos e imponer las Costas a la parte recurrente. POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el señor Delmar Adriano Montini, parte actora, contra el Auto Interlocuterio Nº313 de fecha 15 de junio de 2023, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, en el juicio supraindividualidado- COSTAS A la/parte apelante.- ANOTAR, registrar y notificar.- Litu María Benítez Riera Ministro Ante mí: Clam Dra. Ma. Carouna Lanes O. Ministra /Dr, Manuel/Dejesús Ramírez Candi MINISTRO Abg. Norma Dominguez V. SECRETARIA Socrotaria CONTENCIOSO TAIMNNSTRATIVO
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