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CORTE SUPREMA DE) USTICIA 42127 Pelli 1921 ESTARISTICA CIVIL "ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR COMPAÑÍA PARAGUAYA DE ENGORDE DE NOVILLOS S.A. (COMPENSA) Y OTROS EN LOS AUTOS CARATULADOS: MODESTO RAMÓN GUGGIARI DOUTRELAU Y OTROS C/ CIA PYA DE ENGORDE DE NOVILLOS S.A. Y OTROS S/ DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GUARANÍES". N° 1902. Año: 2020. L06 972 A.I. N°: 91. Asunción, 21 de tebrero de 2024 - serEVISTO: El escrito de desistimiento presentado en fecha 21 de octubre de 2021, pOr aodos abogados Porfirio Zacarías León y teresita Miranda de león, en representación de las personas jurídicas: Compañía Paraguaya de Engorde de Novillos S.A.; Urbana Inmobiliaria and Rural Development S.A.; Grupo Empresarial Cacique SACIF; Ita Jhu Vera SRL, y, CONSIDERANDO Que, los accionantes manifiestan: «(...) pedimos que se nos tenga por desistido de tan relevante Garantía Constitucional..».- Que, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: «En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia al derecho respectivo, El juez se limitará a examinar si el desistimiento procede por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo (...)».- Así pues, de conformidad a las normativas citadas corresponde tener por desistidos a los accionantes de su acción de inconstitucionalidad. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por los abogados Porfirio Zacarías León y Teresita Miranda de León, en representación de las personas jurídicas Compañía Paraguay ARIA de Engorde de Novillos S.A.; Urbana Inmobiliaria S.A.; American Pacific Investiments. i Industrial and Rural Development S.A.; Grupo Empresarial Cacique SACIF; Ita Jhu Vera SRL, de la acción de inconstitucionalidad, presentada en fecha 21 de octubre de ‹ EMP 2021. ANOTAR notificar y registrar Antes Cesar M. Diesel Junghanns Defdulto C, Pavón Martínez Secretario Gustavo E. Santander Dans Ministro CSJ. Ministro Dr. Víctor Rlos Ojeda Ministrs
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