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CORTE SUPREMA DE USTICIA 02 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR BLANCA STELA ROMERO DE CHAVEZ C/ ART. 1° DE LA LEY N° 4252/2010 QUE MODIFICA LOS ARTS. 3, 9 Y 10 DE LA LEY N° 2345/03".- N° 3090 AÑO 2021.- 03 A.I. Nº: 38 ES ADISTICA CIEL 07 Asunción, 14 de febrero de 2024.- DETE TH AT 2024 RoqUe ROMERO pedido de suspensión de efectos formulado por la señora BLANCA STELA DE CHAVEZ, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, del ART. 1º DE LA LEY N94252/2010 QUE MODIFICA LOS ARTS. 3, 9 Y 10 DE LA LEY N° 2345/03", y CONSIDERANDO: A su turno el Ministro Cesar Diésel Junghanns, dijo: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación". - Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitad.... A su turno el Ministro Victor Ríos, dijo: Considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante. . Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. Es mi voto.- A su turno el Ministro Gustavo Santander, dijo: En relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero que no corresponde la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI VOTO. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos de las disposiciones del ART ° DE LA LEY N° 4252/2010 QUE MODIFICA LOS ARTS. 3, 9 Y 10 DE LA LEY N° 2345/03"; en relación a la parte accionante, la señora BLANCA STELA ROMERO DE CHAVEZ, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionaldad planteada. ANOTAR y notificar.-4 .. Ante mi: Gustavo E. Santander Dar Cesar iv. Diesei Junghanns Ministro Ministro CSJ. Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro C SECRETARIA JUDICIAL I 2704A. TU
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