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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR OSCAR RAFAEL PEREIRA AGUILAR C/ ART. 17 DE LA LEY N° 1626/2000, DE LA FUNCION PUBLICA, Y CONTRA EL ART. 1º DE LA LEY N° 3989/2010. QUE MODIFICA EL INC. "F" DEL ART. 16 Y EL 143 DE LA LEY N° 1626/2000 DE LA FUNCION PUBLICA, CONTRA EL ART. 251 DE LA LEY DE ORGANIZACIÓN ADMIISTRATIVA DEL 22 DE JUNIO DE 1909 Y SU MODIFICATORIA LEY N° 6834/2021, PARRAFO DE LA LEY 7050/2023 QUE APRUEBA EL EJERCICIO FISCAL 2023 Y EL ART. 315 DEL DECRETO N° 8759/2023, ANEXO "A", POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 7050 QUE APRUEBA EL EJERCICIO FISCAL 2023 Y CONTRA EL ART. 1 DE LA LEY N° 700/1996". N° 2343 - AÑO 2023.- Asunción, 12 de febrero de 2024- acción de inconstitucionalidad presentada por el señor OSCAR 1626/2000 de la Función Pública, contra el Art. 251 de la Ley de Organización Administrativa del 22 de junio de 1909 y su modificatoria Ley N° 6.834/2021, contra el Art. 139, último párrafo de la Ley N° 7.050/2023, que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2023 y el Art. 315 del Decreto N° 8.759/2023, anexo "A", por el cual se reglamenta la Ley N° 7.050 que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2023 y en contra el 'Art. 1º de la Ley N° 700/1996, que reglamenta el Art. 105 de la Constitución Nacional."; y -0u CONSIDERANDO: accionante refiere que los actos normativos impugnados son inconstitucionales porque violan los artículos 46, 47 inc. 3°, 86, 88, 92, 101, 102, 105, 109, 131, 132 y demás concordantes de la Constitución Nacional.-............. El artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente Toda persona lesionada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo". El articulo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocutoria". La Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el in limine de las inconstitucionalidad serán suscriptos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular" General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P.C.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE:
TENER por presentado al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado.- ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas DAR TRAMITE a la acción presentada por el señor OSCAR RAFAEL PEREIRA AGUILAR, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, en contra el Art. 17 de la Ley N° 1626/2000, de la Función Pública, y contra el Art. 1º de la Ley N° 3989/2010 que modifica el inc. "F" del Art. 16 y el Art. 143 de la Ley N° 1626/2000 de la Función Pública, contra el Art. 251 de la Ley de Organización Administrativa del 22 de junio de 1909 y su modificatoria Ley N° 6.834/2021, contra el Art. 139, último párrafo de la Ley N° 7.050/2023, que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2023 y el Art. 315 del Decreto N° 8.759/2023, anexo "A", por el cual se reglamenta la Ley N° 7.050 que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2023 y en contra el Art. 1º de la Ley N° 700/1996, que reglamenta el Art. 105 de la Constitución Nacional". CORRER vista a la Fiscalía General del Estado. FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de cada semana, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 131 del C.P.C.- ANOTAR y registrar. Gustavo E. Santander Dars Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Secretario JUDICIAL
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