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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA JUICIO: "SIMÓN VÁZQUEZ RAMÍREZ C/ EMPRESA FLUVIALIS PARAGUAY S.A. Y /U OTRO S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OBLIGACIÓN DE HACER ESCRITURA PÚBLICA". 27 120 0203MIA) RECIBIDO ESTADISTICA CIVIL 06 FEB 2024 Lic. Yenise Colmán A. I. Nº...S.? Asunción, 5 de tebrero del 2.024 .- a Y VISTOS:El pedido formulado por el Abogado Víctor Lucena 605 de autos, yi- CONSIDERANDO: Que, el citado Profesional del Foro solicitó a esta Máxima Instancia Judicial de la República el decaimiento del Derecho de la adversa, por no haber contestado el traslado del escrito de expresión de agravios dentro del plazo que tenía hacerlo. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial de f. 606, se advierte que Simón Vázquez Ramírez fue notificado de la Providencia de traslado con fecha 22 de Septiembre de 2.023 (f. 602), según surge de la Cédula de notificación del 17 de Octubre del 2.023, obrante a f. 604 de autos. - Sin embargo, no consta en el expediente que la citada Parte se haya presentado a contestar el mentado traslado, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil.- En consecuencia, corresponde dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar Simón Vázquez Ramírez para contestar el traslado de la fundamentación de los Recursos que le fuera corrido; debiendo la instancia seguir su curso, según su estado, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 438 del Código Procesal Civil. Por tanto, la Excelentísima;
CORTE SALA R E SUPREMA DE JUSTICIA CIVIL Y COMERCIAL ELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho gue ha dejado de usar Simón Vázquez Ramírez, para corrido.- AUTOS para Sentencia ANOTAR, registrar y Alberto ugerio Jiménez R Ministro contestar el traslado que le fue notificar. Priner simon Caser Andurio Garazo Ante mí: Sobreeson ozei vale. Asog. Jullo C, Pavón Martinez AUDICIAL PODER Abog. Julio 4. Favon Martnez ٥٠٠٢/٠
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