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PO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 05FEB 2024 JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR APEL. DENEG. INTERP. POR LOS ABGS. ZUNILDA BENAVENTE Y MARÍA FERNÁNDEZ EN: IRMA DELFINA FRETES DE CABAÑA C/ EMPRESA DE TRANSPORTE Y TURISMO DE LA CONQUISTA S.A. Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS". - SECRETARIA Synthia Schick 11 A.I. N... Asunción, 5 de tebrero del 2.024. - 幻 Estos autos; y, CONSIDERANDO: las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (f. 30) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, es la Providencia de fecha 10 de Marzo del 2.023, que obra a f. 29 de autos.- El Artículo 172 del Código Procesal Civil, pertinente, establece: "Se operará la caducidad de 10 la instancia en toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses".- En el caso se advierte que desde el dictado de la Providencia de fecha 10 de Marzo del 2.023 hasta la fecha, ha transcurrido un plazo superior a seis meses para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la Parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso. Por lo tanto, corresponde declarar -de oficio- operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 172 y 175 del Código Procesal Civil e imponer las Costas al apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentisima; DiCIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RE DELVE: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD de la Instancia récursiva este Juicio por haber transcurrido el término prescript en /el Artículo 172 del Código Procesal Civil. IMPONER Costas al Apelante.-. REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para 10 que hubiere lugar en Dere ANOTAR registrar notificar Erose Anun Garage Alberto Martínez Stmón Mina Eugenio Jiménez R: Ministro sobreexnto." 2024; A32Slig . Pavón Martinez Secretario tatto &. Pavon Martinez Secretario
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