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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 022/ 03 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR APOLINARIO FLEITAS DOMINGUEZ C/ EL ART. 9° DE LA LEY N° 2345/2003 Y EL DECRETO N° 1579/2004". N° 1496 - AÑO 2019. 21 12.123/00 A.I. N°: 2149.. Asunción, 29 de diciembre de 2023.- Beto: 07, los autos, y; 3 Foque López Franco CONSIDERANDO: copresupuesto básico para producir la caducidad de instancia es la Trinactividad procesal; o sea la paralización del proceso durante el tiempo previsto en la 1 JeyTEr auaten el procedimiento civil es de seis meses. En principio, esta circunstancia exterioriza en la no ejecución de acto alguno por ambas partes; aunque también puede darse cuando los actos que se cumplan durante dicho periodo sean carentes de idoneidad para impulsar el proceso. Que, pasando a la verificación y estudio de las constancias de autos, surge que la última diligencia tendiente a dar impulso procesal en esta instancia ha sido el proveido de fecha 6 de febrero de 2020, que obra a f. 12 de autos. Posterior a ello, no se observa que el accionante haya instado el procedimiento a través de actos idóneos у adecuados para bacerio avanzar, siendo el impulso de éste una carga que compete exclusivamente a las partes quienes -a través de dichos actos- deben conducir la instancia hacia su estadio conclusivo, por lo que de esta forma, hallándose cumplido el plazo establecido en el Art. 172 del Cód. Proc. Civ., corresponde declarar operada la caducidad de instancia en estos autos.- En relación a las costas, corresponde imponerlas a la parte accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 200 del C.P.C. POR TANTO, en mérito a las consideraciones que anteceden y al informe del Señor Secretario obrante en estos autos, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR operada la caducidad de la instancia en estos autos de conformidad a los fundamentos expuestos en la presente resclución.- IMPONER las costas a la parte actora. NOTIFICAR por Cédula. ANOTAR y registre Ante mí: 拆: Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro
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