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DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "JULIETA EVELIN BIANCHETTI OLAZAR C/ VÍCTOR HUGO MOISES BIANCHETTI OLAZAR Y OTROS S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO".- 02 03 04 2023 :80 A.I. Nº 985 Asunción, 26 de diciembre del 2.023.- STOS: Estos autos; el informe de la Actuaria obrante a f. CONSIDERANDO: Que, de las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial de f. 379, se advierte que el Abogado Magno Chamorro Orrego en representación de Melina Beatriz Martínez fue notificado de la Providencia de fecha 17 de Junio del 2.022, que dispuso: "Del escrito de expresión de agravios presentado por las Abogadas Julieta Bianchetti y Queen Elizabeth Núñez, traslado a la adversa por todo el plazo de Ley". (f. 366), en fecha 28 de Marzo del 2.023, según surge de la cédula de notificación obrante a f. 378 de autos.- Sin embargo, no consta en el expediente que el mismo se haya presentado a contestar el mentado traslado, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 437 del Código Procesal Civil.- En consecuencia, corresponde dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar Melina Beatriz Martínez para contestar el traslado de la fundamentación de los Recursos que le fuera corrido; debiendo la instancia seguir su curso, según su estado, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 438 del Código Procesal Civil. Por tanto, la Excelentisima CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUEL E: DAR POR DECAÍDO el Derecho que ha deja Martínez, para contestar traslado que le fue AUTOS para Sentencia ANOTAR, agistrar y de usar Melina Beatriz corrido.- icar.y Martinca Si досог Coser santurtes Garang Приса ітін 8. Ministro Pirisa Ozimm Wood Aciaara Secretaria Judicial li - C.S.J.
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