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20 21 22/23 CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN PROMOVIDA DE INCONSTITUCIONALIDAD POR JORGE ALFREDO SANTACRUZ GARCIA C/ ARTS. 16, INC. F) Y PUBICAA LEY N° 126S2MODIFICACIONOS PUBLICA MODIFICACIONES PREVISTAS EN LA LEY N° 3989/2010, ART. 251 DE LA LEY DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA / 1.909, ART. 1° DE LA LEY 700/96" ACCION N° 2075 AÑO 2022.- 昭 03 2055 A.I. N°: ..... 05 Asunción, 15 de diciembre de 20.23 2- 20 VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por el Abogado GABRIEL 18 CHASE en hombre y representación del Señor JORGE ALFREDO SANTACRUZ GARCIA, Roen contra de dos artículos 16, inc. 1) y 143 de la ley n° 1626/2000 de la función publica y 91 sus modificaciones previstas en la ley N° 3989/2010, art. 251 de la ley de organización Si agiministrativa 1.909, art. 1º de la ley 700/96 "... CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacados de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. - Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación.-..... Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO SANTANDER DANS: En el presente caso en cuanto a la medida de suspensión de efectos de las disposiciones impugnadas, considero que el cumplimiento por parte del accionante no podría ocasionarle un perjuicio irreparable, por lo que conforme a lo establecido en el Art. 553 del CPC, no corresponde hacer lugar a la medida solicitada. Es mi voto. - POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión de efectos formulado por el el Abogado GABRIEL CHASE en nombre y representación del Señor JORGE ALFREDO SANTACRUZ GARCIA de los artículos 16, inc. f) y 143 de la ley n° 1626/2000 de la función publica y sus modificaciones previstas en la ley N° 3989/2010. art. 251 de la ley de organización administrativa 1.909, art. 1° de la le 00/96 ANOTAR y notificar. Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Dite densan uto c. Favón Martine Secretarto Dr. Vieray Rius Ojeda ligero- Pb8Canhd 5
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