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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 2 笠 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR MARIA DEL CARMEN ROMERO LOPEZ C/ ART. 1 DE LA LEY N° 6834/21, QUE MODIFICA EL ART. 251 DE LA LEY N° 6834/21, QUE MODIFICA EL ART. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE FECHA 22 DE JUNIO DE 1909; ART. 1 DE LA LEY N° 3989/10 QUE MODIFICA EL ART. 16, INC. F Y EL ARTICULO 143 DE LA LEY 1626/00 DE LA FUNCION PÚBLICA" N° 1997 AÑO 2022.- A.I. N°:.... 2016 ESTADISTICA CIVIL PRECEOD Asunción, 12 de Dicinbe Miisra: et pedido de suspensión de olectos formulado por el Abos, NICOLAS SOSA JOVELLANOS, en nombre y representación de la Sra. • MARIA DEL CARMEN ROMERO LOPEZ/en contra del Art. 1 de la nueva Ley N° 6834/21, que modifica el Art. gel/Arthde là ley N° 3989/10 que modifica el Art. 16 (inc. f) y 143 de la Ley N° 1626/00 đe la Funeión Pública, y el Art. 16 y 143 de la Ley N° 1626 de la Función Pública", y -.... CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación". ..- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado.- OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO SANTANDER DANS: Considero que en el presente expediente no se encuentran reunidos los requisitos previstos en el Art. 553 del CPC para la procedencia de la medida cautelar. Es mi voto.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión de efectos del Art. 1 de la nueva Ley N° 6834/21, que modifica el Art. 251 de la Ley 1629/1909 de Organización Administrativa de fecha 22 de junio de 1909, el Art. 1 de la ley N° 3989/10 que modifica el Art. 16 (inc. f) y 143 de la Ley N° 1626/00 de la Función Pública, y el Art. 16 y 143 de la Ley N° 1626 de la Función Pública"; en relación a la parte accionante, señora MARIA DEL CARMEN ROMERO LOPEZ, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad ANOTAR y notificar.- Ante mí: 飞 Dr. Víctor Rios Ojecu Ministro SECRETIRIA 1 الأف، USTICIA
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